Este folleto responde algunas preguntas frecuentes sobre los derechos relacionados con la tecnología y las redes sociales que tienen los estudiantes de jardín de infantes a 12.° grado que asisten a una escuela pública en Rhode Island.

Las normas que se aplican en las universidades y escuelas privadas podrían ser diferentes. Además, las políticas sobre estas cuestiones varían en gran medida según cada distrito escolar público. Por lo general, se puede encontrar más información sobre dichas políticas en el manual para estudiantes de cada escuela.

Agosto de 2021

¿MI ESCUELA ESTÁ AUTORIZADA A VIGILAR O CENSURAR MI ACTIVIDAD EN LÍNEA FUERA DE LA ESCUELA?

A.¿MI ESCUELA ESTÁ AUTORIZADA A VIGILAR O CENSURAR MI ACTIVIDAD EN LÍNEA FUERA DE LA ESCUELA?

A.

Salvo por ciertas excepciones, tu escuela no puede censurar el contenido que publicas fuera del horario escolar si usas una casilla de correo electrónico o cuenta personal, una computadora privada y una conexión a internet también privada. Esto también incluye tu derecho a compartir información importante sobre la escuela o sus funcionarios en redes sociales o mediante tu correo electrónico personal.

En 2021, la Corte Suprema reafirmó esta idea cuando estableció en un fallo que una escuela pública de Pensilvania infringió la Primera Enmienda por sancionar a una estudiante por publicar un Snapchat un sábado, fuera de las instalaciones de la escuela. La escuela echó a la estudiante, Brandi Levy, del equipo de animación universitario juvenil después de que publicara un Snapchat en el que, junto a una amiga, aparecía mostrando el dedo mayor y que decía: "A la mierda la escuela, a la mierda el sóftbol, a la mierda la animación, a la mierda todo". En el fallo, la Corte afirmó que el Snapchat de la estudiante estaba protegido en virtud de la Primera Enmienda, ya que no se había publicado en las instalaciones escolares ni durante una actividad escolar, y tampoco había provocado una alteración sustancial.

Sin embargo, la Corte sugirió que los discursos fuera del campus podrían no estar protegidos si se relacionaban con casos graves de acoso o amenazas a maestros y estudiantes, o si se realizaban con computadoras de la escuela. Por ejemplo, aquí en Rhode Island, el Departamento de Educación determinó que una escuela podía sancionar a un estudiante por escribir una canción con contenido sexual explícito sobre una maestra y publicarla en línea, luego de que otros estudiantes llevaran copias de la canción a la escuela.

Si tu publicación muestra que infringiste las normas de la escuela, podrás recibir sanciones. Por ejemplo, podrías meterte en problemas si publicas un video en el que se puede ver que tú y tus amigos fuman en la escuela. Por otro lado, representamos con éxito a un estudiante sancionado por compartir una fotografía en la que se veía a un maestro fumando en las instalaciones escolares, una actividad ilegal.

¿QUÉ OCURRE EN EL CASO DEL USO DEL CHROMEBOOK DE LA ESCUELA EN EL HOGAR?

A.¿QUÉ OCURRE EN EL CASO DEL USO DEL CHROMEBOOK DE LA ESCUELA EN EL HOGAR?

A.

Muchas escuelas ofrecen a los estudiantes computadores portátiles o Chromebooks gratis que pueden llevar a casa, y los funcionarios escolares, con frecuencia, afirman que tienen el derecho de acceder a toda la información que contienen estos dispositivos, los sitios visitados, los correos electrónicos enviados, etc. Es cierto que estas computadoras son propiedad de la escuela y, por lo tanto, los funcionarios escolares tienen cierta autoridad para determinar cómo puedes usarlas; sin embargo, la ACLU considera que no se renuncia por completo al derecho a la privacidad, en especial si estos dispositivos se otorgan a los estudiantes y sus familias para que los usen para otras actividades, más allá de las tareas escolares.

¿PODRÍA METERME EN PROBLEMAS EN LA ESCUELA POR ENVIAR UN MENSAJE DE TEXTO O CORREO ELECTRÓNICO, O POR PUBLICAR ALGO EN LÍNEA, CUANDO ESTOY ALLÍ?

A.¿PODRÍA METERME EN PROBLEMAS EN LA ESCUELA POR ENVIAR UN MENSAJE DE TEXTO O CORREO ELECTRÓNICO, O POR PUBLICAR ALGO EN LÍNEA, CUANDO ESTOY ALLÍ?

A.

Como estudiante de una escuela pública, tienes el derecho constitucional a la libertad de expresión. Tienes derecho a expresar tus opiniones y creencias en la escuela, incluso si son controvertidas, siempre y cuando lo hagas de manera que no altere la clase u otras actividades escolares.

Sin embargo, la mayoría de las escuelas cuentan con políticas de uso de internet y celulares que rigen la jornada escolar. Si usas una computadora o casilla de correo electrónico de la escuela, los funcionarios escolares pueden vigilar tu actividad. Además, aquellas actividades que se realizan en línea con computadoras, acceso a internet o cuentas de correo electrónico de la escuela y que alteran el entorno de aprendizaje o infringen el derecho de los demás pueden tener como consecuencia la aplicación de medidas disciplinarias. Algunas escuelas también tienen normas que limitan el uso de los celulares durante la jornada escolar, y estas se pueden aplicar.

¿MI ESCUELA PUEDE OBLIGARME A INICIAR SESIÓN EN MIS CUENTAS PERSONALES DE REDES SOCIALES O A AGREGAR A ALGUIEN A MIS CONTACTOS?

A.¿MI ESCUELA PUEDE OBLIGARME A INICIAR SESIÓN EN MIS CUENTAS PERSONALES DE REDES SOCIALES O A AGREGAR A ALGUIEN A MIS CONTACTOS?

A.

No. Una ley estatal que se aprobó en 2014 prohíbe que los funcionarios y empleados escolares soliciten u obliguen a un estudiante a 1) divulgar la información de su cuenta personal de redes sociales o 2) agregar a alguien a sus contactos de redes sociales.  Por ejemplo, un maestro no puede pedirte que le muestres tu cuenta privada de Instagram.

¿EL SERVICIO DE NUBE DE MI ESCUELA PUEDE VENDER MIS DATOS PERSONALES?

A.¿EL SERVICIO DE NUBE DE MI ESCUELA PUEDE VENDER MIS DATOS PERSONALES?

A.

No.  Una ley estatal de 2014 limita el uso de los datos de los estudiantes por parte de los proveedores de servicios informáticos de nube que se utilizan en las escuelas de jardín de infantes hasta 12.° grado. En virtud de esta ley, los datos de los estudiantes se pueden usar únicamente con el objetivo de brindar el servicio de nube. Además, prohíbe el uso o la venta de los datos de los estudiantes con fines comerciales, incluida la publicidad.

¿LA ESCUELA PUEDE QUITARME EL TELÉFONO? SI UN FUNCIONARIO ESCOLAR ME CONFISCA EL TELÉFONO, ¿PUEDE REVISARLO?

A.¿LA ESCUELA PUEDE QUITARME EL TELÉFONO? SI UN FUNCIONARIO ESCOLAR ME CONFISCA EL TELÉFONO, ¿PUEDE REVISARLO?

A.

Si infringiste la política sobre el uso del celular durante la jornada escolar, la escuela puede, probablemente, confiscar tu teléfono por un tiempo. Pero, por lo general, no tiene permitido acceder a la información personal que está en el teléfono, incluso si lo confiscó de manera legítima. Si te quitan el teléfono por un motivo particular (por ejemplo, otro estudiante afirma que le enviaste un mensaje de texto inapropiado durante la jornada escolar), incluso si pudieran tener autorización para buscar ese mensaje específico, no deberían revisar otros datos, como tu lista de contactos, fotos, etc.  Ten en cuenta que, si un funcionario escolar te pide permiso para revisar tu teléfono, no tienes la obligación de aceptar.

¿PUEDO METERME EN PROBLEMAS POR "SEXTEAR"?

A.¿PUEDO METERME EN PROBLEMAS POR "SEXTEAR"?

A.

En Rhode Island, el "sexteo" es ilegal para todas las personas menores de 18 años. Las leyes de Rhode Island definen esta palabra como la transmisión por teléfono celular u otro dispositivo similar de ciertas fotografías de ti mismo desnudo, en especial si incluyen contenido explícito de tus genitales o zona púbica. Si el sexteo provoca la alteración del entorno de aprendizaje de la escuela, podrán sancionarte. Las leyes de RI establecen que el sexteo comprende una infracción por causa de estatus. Esto quiere decir que pueden enviarte a un tribunal de familia para que comparezcas ante un juez, pero no te enfrentarás a sanciones penales ni a una condena de prisión. Sin embargo, por la manera en la que está redactada la ley, técnicamente permite que los menores que sextean sean acusados de pornografía ilegal. La ACLU considera que este tipo de cargos puede impugnarse jurídicamente.

¿CUÁLES SON LAS LEYESQUE ABORDAN EL CIBERACOSO?

A.¿CUÁLES SON LAS LEYESQUE ABORDAN EL CIBERACOSO?

A.

El acoso es un problema muy grave. Ningún estudiante tiene derecho a decir cosas, ya sea en línea o de otro modo, que te generen miedo razonable de que te lastimen a ti, a tus hermanos e incluso tus pertenencias. Sin embargo, la ACLU considera que la ley estatal que aborda el acoso usa un vocabulario tan amplio que podría usarse injustamente para limitar el derecho de libertad de expresión de los estudiantes. Esto se debe a que la definición del acoso (y el ciberacoso) en la ley de Rhode Island incluye todas las comunicaciones por parte de un estudiante que, entre otras cosas, provoquen "daño emocional" a otro estudiante, aun cuando no exista la intención de causar daño. La ley también permite que las escuelas castiguen a los estudiantes por "acoso" cometido tanto dentro como fuera de las instalaciones escolares, e incluso fomenta la intervención policial en muchos casos.

Si usas medios tecnológicos, incluidas las redes sociales, para amenazar a otros estudiantes o maestros, o para decir mentiras sobre ellos, podrías recibir sanciones disciplinarias de acuerdo con la política de tu escuela contra el acoso. Sin embargo, en algunos casos, el castigo por ciberacoso podría infringir tus derechos constitucionales, y puedes contactar a la ACLU de RI si sientes que recibiste un castigo injusto.